Adopción de acuerdos
Los acuerdos del Comité Ejecutivo se adoptarán por mayoría de los Presidentes de las tres Cámaras, y los del Pleno se adoptarán por mayoría absoluta, computándose un voto por cada miembro.
Los acuerdos del Pleno relativos a la aprobación provisional de los presupuestos ordinarios o extraordinarios se adoptarán por mayoría de dos tercios de los miembros del mismo.
Presupuesto
Para la financiación del presupuesto ordinario de ingresos, el Consejo dispondrá, entre otros recursos, de una aportación anual que garantice el adecuado cumplimiento de sus competencias, satisfecha por las Cámaras de la Comunidad Autónoma, con el criterio de proporcionalidad según sus respectivos recursos camerales permanentes.
Los presupuestos del Consejo se elaborarán de forma que su aprobación sea efectuada con anterioridad a la de los presupuestos de cada una de las Cámaras, con el fin de que en estos se contemple la correspondiente dotación presupuestaria.
Normativa aplicable
La normativa vigente en materia de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria se aplicará con carácter subsidiario al Consejo, a sus órganos y a su personal.
