BENEFICIARIOS
Microempresas y trabajadores autónomos, y los socios trabajadores y de trabajo de sociedades laborales y cooperativas, en municipios y núcleos de población de menos de 5.000 habitantes.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- En el mantenimiento en la plantilla, durante seis meses contados a partir de la fecha de solicitud de la correspondiente subvención, de los trabajadores asalariados que, en el momento de la solicitud, tuviera contratados la microempresa o la persona trabajadora autónoma, en un centro de trabajo ubicado en un municipio o núcleo de población de menos de 5.000 habitantes.
- En el mantenimiento, durante seis meses contados a partir de la fecha de solicitud de la correspondiente subvención, de los socios trabajadores o de trabajo que, en el momento de la solicitud, estuvieran de alta en la sociedad laboral o cooperativa, en un centro de trabajo de la entidad beneficiaria ubicado en un municipio o núcleo de población de menos de 5.000 habitantes.
- En los dos supuestos anteriores y en el mismo plazo, la empresa o persona trabajadora autónoma beneficiaria impulsará y pondrá en marcha una actuación que contribuya a la transición de su actividad hacia una economía verde o a su transformación digital.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Hasta el 16 de mayo de 2022.
Etiquetas:
Empleo verde